Sí, los coeficientes se pueden modificar mediante reforma del reglamento de propiedad horizontal aprobada por el 70% o más del coeficiente general en asamblea, en casos de errores de cálculo iniciales, adición de nuevas etapas constructivas o desafectación de bienes comunes. Dicha reforma requiere un dictamen pericial catastral que recompute las áreas privadas construidas y sus ponderaciones.
Esta respuesta está formulada conforme a la Ley 1673 de 2013, el Código General del Proceso (Art. 226 CGP) y los métodos valuatorios de la Resolución 620 de 2008 del IGAC. Para casos litigiosos o transacciones formales, se recomienda elaborar un dictamen pericial individualizado.
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